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Seguro de Responsabilidad Civil Personal

​La Cobertura de Responsabilidad Civil Personal se rige bajo el código POL 1 2015 0679 depositado en la página de la Superintendencia de Valores y Seguros.

 

  • Cubre todos los daños que pueda causar la persona, incluyendo daños a terceras personas causados por Armas de fuego debidamente inscritas, Uso de embarcaciones o aeronaves privadas, Mascotas y animales domésticos, y Empleadas domésticas y dependientes (jardineros, gasfíter, electricistas, etc.).

  • Igualmente, se cubren los daños sufridos por empleadas domésticas y dependientes (jardineros, gasfíter, electricistas, etc.) en el ejercicio de sus funciones.

  • También indemniza los Gastos de Defensa Judicial en caso de verse demandado judicialmente por parte del tercero dañado.

  • Se cubren los daños materiales, lesiones corporales y muerte de terceros causados por el Asegurado

 

 

ASEGURADOS

Este producto protege el Patrimonio del Asegurado. Por lo tanto, cualquier suma que el Asegurado deba pagar a un tercero por un siniestro cubierto estaría amparado, sin importar quién causó efectivamente el daño.

 

Se cubre a todo el grupo familiar que dependa económicamente del Asegurado, incluyendo:

 

  • El Asegurado y su cónyuge o conviviente, siempre que exista algún vínculo demostrable

  • Hijos menores de edad en común o de uno sólo de los anteriores que vivan con el Asegurado

  • Hijos mayores de edad en común o de uno sólo de los anteriores que vivan con el Asegurado y que dependan económicamente del mismo

  • Trabajadores de casa particular durante su hora laboral

  • Cualquier dependiente que trabaje habitualmente en el domicilio particular del Asegurado durante su hora laboral.

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