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COMPARATIVO DE DEDUCIBLES POR COMPAÑÍA PARA LAS REGIONES QUE SE DENOMINAN ZONAS DE CONFLICTO

En Royal Secure Corredores hemos examinado para ti cada una de las compañías que tenemos en convenio y resuelto cuál es la más ventajosa en este punto. Lo siguiente se aplica a vehículos livianos y vehículos pesados en caso de ACTOS MALICIOSOS Y/O TERRORISMO.




Con más de 10 años de experiencia en la industria aseguradora, siento que es un mercado en constante evolución cosa a la cual hay que adaptarse con rapidez, gracias a esto estoy siempre actualizando conocimientos por lo que me es muy grato compartir con ustedes al final de este post la conclusión final bajo mi percepción, sobre este asunto en particular que ataña a muchos clientes del rubro transportista, o que tienen camiones para sus negocios.



A continuación te dejo el detalle de cada compañía aseguradora.


RENTA NACIONAL


Para la cobertura de Huelga, Motín, Desorden Popular, Actos Maliciosos, Conmoción Civil, Sabotaje y Terrorismo incluidas en el condicionado general de la POL120170042 en el Artículo 4 Letra A N° 3 y N°4, rige deducible de 45% de la pérdida con mínimo de UF 90.- para vehículos pesados, y de 45% de la pérdida con mínimo de UF 60.- para vehículos livianos, si el siniestro por las causales indicadas tiene lugar mientras el vehículo se encuentre transitando, en operaciones o aparcado, en caminos públicos o privados, situados en alguna de las regiones o comunas que se indican a continuación, en horario de 21:00 Pm a 06:00 Am.


En horario de 06:00 Am a 21:00 Pm, solo regirá deducible de 30% de la pérdida con mínimo de UF 80.- para vehículos pesados.


Esta condición de deducible especial aplica para:

- Para vehículos comerciales livianos y pesados, de uso fiscal y/o privado.

- Eventos ocurridos en Regiones VIII y IX

- Eventos ocurridos en Comunas de la región de Los Ríos: Mariquina, Lanco, Paillaco, Los Lagos, Panguipulli, Máfil.




BCI SEGUROS


Deducible En Comunas Restringidas

En caso de siniestro ocurrido mientras el vehículo asegurado se encuentre estacionado en alguna de las siguientes comunas restringidas, rige deducible de 50% de la pérdida con mínimo de UF 100 para las coberturas de Incendio, Actos maliciosos, Huelga y Motín.


Comunas con cobertura restringida: Ercilla, Collipulli, Tirúa, Cañete, Lanco, Padre Las Casas, Contulmo, Vilcún, Curacautín, Victoria, Lautaro, Lumaco, Los Sauces, Galvarino, Lago Ranco, Traiguén, Angol, Puerto Saavedra, Freire, Alto Bío Bío, Paillaco.




SURA


Los siniestros de incendio originados por actos maliciosos y/o terroristas tienen un deducible adicional al pactado cuando el lugar de ocurrencia corresponda a las regiones VIII, IX, y para las comunas de Curaco de Vélez, Panguipulli, Quemchi en la X Región y en las comunas de La Unión, Lanco y Paillaco pertenecientes a la XIV Región. Este deducible aplica previo al deducible pactado y operará de la siguiente manera:


a) 50% de la pérdida, con un límite máximo indemnizable de UF 4.000 para siniestros ocurridos cuando los vehículos asegurados estén fuera de los horarios de operación, en los sitios de estacionamiento y/o resguardo que el asegurado destine para esos efectos.


b) 20% de la pérdida, para siniestros ocurridos cuando los vehículos asegurados estén en plena operación y/o traslado en caminos públicos y/o privados.


CAD 120130873




FID


Deducible adicional:

Se establece un Deducible adicional porcentual del 25% de la pérdida con un mínimo de UF200, el cual aplicará sólo para los casos de siniestros ocurridos en las Regiones de la Octava, Novena y Décimo Cuarta Región de Chile:

Este deducible rige para todos los siniestros que estén clasificados como Actos Maliciosos y/o Terrorismo y que sean a consecuencia de:

- Acciones violentas cometidas por personas o grupos de personas, organizaciones o grupos de organizaciones concertadas para producir daños.

- Acciones que intenten atemorizar al público o parte de él, o que intenten crear un clima de terror o incertidumbre.

- Los actos mal intencionados por personal propio del Asegurado o de terceros que pretendan causar daño a la materia asegurada.




LIBERTY


El asegurado/contratante y la compañía acuerdan que para siniestros de incendio o daños materiales causados por actos maliciosos y/o terroristas se establece un deducible adicional que operará de acuerdo a las siguientes reglas:


a) Tendrá aplicación sólo para vehículos pesados, de manera previa y conjunta al deducible pactado en póliza, y con un monto equivalente a un 25% de la pérdida con un mínimo de uf 150.


b) Aplicará únicamente cuando el lugar de ocurrencia del siniestro corresponda a las regiones viii, ix y xiv.

c) No aplicará a siniestros que ocurran cuando el vehículo se encuentre en tránsito a través de las regiones indicadas en el punto anterior, para tal efecto, se entenderá que un vehículo se encuentra en tránsito en todos aquellos casos en que el inicio y final de su trayecto no corresponda a alguna de las regiones incluidas en la nómina indicada precedentemente. con el objeto de determinar el lugar de origen y destino del vehículo, se tendrá en especial consideración la guía de despacho, hoja de ruta o cualquier otro documento afín que determine su trayecto.


en caso que el siniestro de actos maliciosos y actos terroristas sea fuera de las regiones señaladas en la letra b), entonces, regirá el mayor entre el deducible voluntario contratado o el obligatorio señalado en cláusula de deducible de vehículos pesados.





CONCLUSIÓN


En mi opinión, la compañía más conveniente en este ámbito es Sura, dado que el deducible es menor si el vehículo se encuentra en horario operativo y no tiene deducible mínimo, solo se trata del 20% del valor de la perdida previo al deducible pactado en la póliza.


SURA se lleva el trofeo en esta categoría. ✓


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Por ultimo te invitamos a dejarnos tu experiencia en los comentarios y compartir este contenido si te gusto, para que a otras personas les sea de ayuda.



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